El guardia civil sufrió una crisis de ansiedad durante un curso, 17 años después del atentado, en el que le pusieron la grabación del fatídico episodio que le cambiaría la vida

La Justicia es lenta, pero casi siempre termina sentenciando. La Audiencia Nacional acaba de dar la razón a un guardia civil que lleva 27 años de lucha judicial para que se le reconozca que su incapacidad para el servicio tuvo origen en el atentado que sufrió en el cuartel de Mungia el 27 de marzo de 1991. Aquel día, varios terroristas lanzaron cuatro granadas tipo ‘jokate’ contra el cuartel pocos minutos antes de las 22:00 desde un camión que acababan de robar. Estos proyectiles no causaron daños. Sí lo hicieron los explosivos trampa que habían colocado los etarras en el vehículo sustraído que les había servido de lanzadera.

Tras las primeras tres granadas, el responsable del cuartel llamó a los Tedax para inspeccionar el camión. Un equipo de especialistas en desactivación de explosivos se acercó y mordió el anzuelo. Cuatro miembros de la Guardia Civilresultaron heridos de gravedad tras explosionar la bomba trampa colocada por los etarras y un quinto, el protagonista de esta odisea judicial, salió ileso con mucha fortuna. Este último, que ejercía como guía de perros detectores de explosivos, sí sufrió, sin embargo, un fuerte estrés postraumático que requirió de tratamiento psicológico continuado por crisis de ansiedad.

A pesar de estas secuelas psicológicas, el funcionario siguió trabajando. En 2008, acudió a un curso en la escuela de los Tedax de Valdemoro. Durante una de las sesiones, el profesor pasó precisamente la grabación del atentado que había sufrido este guardia civil, lo que volvió a traer a su cabeza viejos fantasmas. Regresaron incluso más fuertes las crisis de ansiedad iniciales y el agente, que apenas llevaba seis años en el cuerpo cuando vivió el atentado, desarrolló una patología psiquiátrica denominada “trastorno depresivoreactivo a situación de estrés postraumático tras ataque terrorista”.

La Junta Médico Pericial, sin embargo, negó en mayo de 2012 que la patología tuviera que ver con el atentado. La conclusión fue posteriormente rechazada por el Juzgado Central 2 de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, que criticó que los facultativos que rubricaron aquel informe pericial “carecían de la especialidad en psiquiatría” y que el documento incurría “en error” al desvincular el diagnóstico con el episodio sufrido años atrás. El Juzgado Central 2 aseguró con rotundidad que el hombre padecía “trastorno por estrés postraumático en remisión parcial con síntomas residuales” así como una “transformación persistente de la personalidad tras experiencia catastrófica”, originados los dos males por la acción directa del atentado de marzo de 1991. “Ambos trastornos le incapacitan de forma permanente y total para el servicio activo en la Guardia Civil”, añadía la sentencia, que invitaba al afectado a recurrir a la vía administrativa para reclamar los derechos adheridos a esta nueva situación.

Tras diferentes recursos, el Ministerio de Defensa declaró en marzo de 2013 la “inutilidad permanente para el servicio” de este guardia civil. Sin embargo, matizó que esta calificación se produjo por causas “ajenas a acto de servicio”, lo que dejaba al funcionario fuera de la consideración de víctima del terrorismo y, por lo tanto, de las ayudas y derechos que como tal habría adquirido. Así lo confirmó posteriormente la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso del agente para que se le reconociera una incapacidad provocada por el atentado el 21 de octubre de 2015.

Un año después, el funcionario volvió a reclamar por lo suyo ante la Administración, pero esta desestimó su pretensión el pasado febrero, por lo que el guardia civil apeló nuevamente a la Audiencia Nacional con el fin de que este tribunal le reconociera “que la inutilidad permanente para el ejercicio de sus funciones como cabo primero de la Guardia Civil, que motivó su pase a retiro, tiene su origen en un atentado terrorista”.

El Juzgado Central 10 de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional acaba de estimar el recurso del abogado del afectado, Antonio Suárez Valdés, al tiempo que anula la última resolución del Ministerio de Defensa, que asumía la incapacidad del funcionario, pero se enrocaba en no reconocer que se debiera al atentado que sufrió en acto de servicio. El alto tribunal condena al departamento dirigido hoy por la ministra Margarita Robles a dictar una nueva resolución que reconozca que esa inutilidad permanente tuvo su origen en el atentado terrorista y ordena que se admitan al recurrente “todos los pronunciamientos inherentes”, entre los que está una pensión extraordinaria por ser víctima de acto terrorista.

El Juzgado Central 10 censura que la Administración no haya reconocido antes este origen de la incapacidad y arguye que incluso la propia resolución de Defensa admitía que la calificación se produjo tras “acto de servicio”. “Aun cuando en la parte dispositiva de la resolución se inadmite la solicitud, lo cierto es que en la fundamentación en que se ampara se dice que no corresponde en cuanto al fondo del asunto el reconocimiento de nuevos derechos pasivos (…), afirmación esta que ya hemos desvirtuado, por lo que desaparece la única causa de no estimación de la solicitud, puesto que en el propio expediente administrativo se aporta documentación referente al atentado terrorista”, sostiene la sentencia del Juzgado 10.