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LOS MIEMBROS DE LA UHEL DE PAIS VASCO, CON SEDE EN LA RIOJA, TIENEN DERECHO A LA CRUZ DE LA ORDEN DEL MÉRITO DEL CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL CON DISTINTIVO BLANCO - SENTENCIA ESTIMATORIA TSJ MADRID.

Gabinete Jurídico Suárez-Valdés ya consiguió, en el año 2007, el reconocimiento del derecho de los miembros de la UHEL de la 11ª Zona de la Guardia Civil, con sede en La Rioja, al cobro del complemento de zona conflictiva, con motivo de los servicios encomendados a los mismos en las provincias vascongadas y/o Navarra. A continuación nuestro despacho se aprestó a instar el reconocimiento a los miembros de dicha unidad, del resto de los beneficios concedidos por la OG nº 11, de 7 de febrero, sobre beneficios para el personal que presta servicios en las provincias vascas y Navarra. En este sentido se solicitó expresamente el reconocimiento del derecho de los miembros de la UHEL de la 11ª Zona de la Guardia Civil, a que les fuese concedida la Cruz de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil con distintivo blanco, por permanencia en País Vasco.

En fechas recientes hemos recibido sentencia estimatoria de nuestra pretensión por parte del TSJ de Madrid, que reconoce, como ya lo hizo en nuestra pretensión anterior, como servicios prestados en el País Vasco o Navarra, el 64 % de los periodos totales de servicio prestados en la UHEL de la 11ª Zona de la Guardia Civil, concediendo al recurrente la condecoración reclamada, al haber prestado el mismo, una vez aplicados dichos porcentajes, un total de cuarenta y seis meses de servicio en dichas provincias.

Esta sentencia será de aplicación a todos los miembros de dicha unidad que hubieran prestado servicios en la misma un mínimo de 30 meses. Igualmente puede resultar de aplicación a los miembros del antiguo Servicio Marítimo del Cantábrico, que en los últimos 10 años pudieran justificar mas de 900 días de servicio en los puertos de País Vasco.

Dto. de comunicación de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés

     
 







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