GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS INFORMA: ABSUELTOS LOS GUARDIAS CIVILES IMPUTADOS POR TORTURAS EN EL CASO SALOU
En octubre de 2005, el joven marroquí M.E.H. fue trasladado al Cuartel de la Guardia Civil de Salou con motivo de la detención practicada por varios Agentes por unos hechos que pudieran ser constitutivos de un delito de robo con violencia y/o intimidación en las personas, previsto y penado en el art. 242.2 del Código Penal, una falta de lesiones del art. 617 del Código Penal y un presunto delito de atentado contra Agente de la autoridad.
Cuando el detenido permanecía engrilletado en el cuarto de detenidos de dicho Puesto se percató de que se había procedido a la detención de su novia, por hechos acaecidos con posterioridad, se levantó de la silla en la que se encontraba, escapó del Agente que le custodiaba y se lanzó de cabeza contra el cristal de la ventana de la sala intentando autolesionarse y provocando la rotura del mismo. Este hecho le sirvió para alegar que había sido uno de los agentes el que le había empujado contra la ventana y de esta manera tratar de equiparar, en cierta medida, este suceso al ocurrido pocos días antes en Roquetas del Mar (Almería). La campaña mediática emprendida por los medios de comunicación catalanes hablando de un nuevo caso de agresión a un detenido por parte de la Guardia Civil fue enorme, lanzándose todo tipo de acusaciones y falsedades contra los compañeros afectados sin ningún fundamento tanto en diferentes canales televisivos como en prensa escrita, como continuación de la tormenta mediática iniciada contra el Cuerpo tras el caso Roquetas, en las que se les tachaba de torturadores.
Los compañeros de Salou, conscientes de su completa inocencia y permaneciendo en todo momento de alta para el servicio, en un ejercicio de entereza, contactaron, ante la falta de respuesta de sus respectivas asociaciones, con el área de Derecho Penal de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés que asumió inmediatamente su defensa.
En fechas recientes, el Juzgado de Instrucción nº 2 de Tarragona, sobreponiéndose a la tremenda presión mediática ejercida en el tema por los medios de comunicación catalanes y estimando la totalidad de los alegatos efectuados por este despacho, ha decretado el sobreseimiento provisional de las actuaciones con respecto a los Agentes de la Guardia Civil imputados, declarando que no existe ningún motivo lógico suficiente para atribuir a los compañeros que custodiaban al joven, la participación en los hechos que éste denuncia. Por tanto, queda probado que los Agentes no agredieron en ningún momento al detenido sino que fue él el que trató de autolesionarse.
En próximas fechas, este despacho iniciará las acciones legales oportunas, para proceder a la reclamación de las correspondientes rectificaciones e indemnizaciones, contra los diferentes medios de comunicación catalanes que vulneraron el derecho al honor y a la presunción de inocencia de los compañeros afectados en el caso Salou.
Dpto. de Comunicación de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés.
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