ABSUELTO SIN RESPONSABILIDAD EL SARGENTO DE LA GUARDIA CIVIL, ASOCIADO DE ASESGC, DENUNCIADO POR UN PRESUNTO DELITO MILITAR DE DESLEALTAD - AUTO DE ARCHIVO DE LA CAUSA PENAL MILITAR DEL JUTOTER 43
Como ya se anunció su día desde Gabinete Jurídico Suárez-Valdés en contra de lo anunciado en su día a bombo y platillo por el gobierno, el Código Penal Militar sigue siendo de plena aplicación a los miembros de la Guardia Civil, como así ha reconocido diversa jurisprudencia consolidada del TS. Esta doctrina no deja de ser peligrosa desde el punto de vista de la seguridad jurídica ya que establece la responsabilidad penal de los miembros del Cuerpo en los casos en los que los mismos no se encuentren desarrollando funciones puramente policiales. El problema resulta la definición de cuales sean aquellas funciones policiales que eximen de la responsabilidad penal militar y cuales serán aquellos cometidos cotidianos de los guardias civiles que no tendrán tal consideración y por tanto pueden verse sometidos a reproche por parte dela jurisdicción militar.
Como ejemplo de dicha situación de inseguridad jurídica total, podemos referir el caso de un Sargento Comandante de Puesto, afiliado a ASESGC, al cual un subordinado denunció inicialmente en vía disciplinaria interna, alegando que, presuntamente, el Sargento hubiera podido dejar de notificarle la citación a un juicio en el que resultaba parte. La Guardia Civil incoó la oportuna información reservada que terminó con declaración de no responsabilidad hacia el Sargento. No contento con dicho pronunciamiento interno y con un encono manifiesto, el cabo 1º denunció a su sargento ante el Juzgado Togado, que incoó las correspondientes diligencias previas en averiguación de la posible comisión de un presunto delito de deslealtad . De repente, el Sargento pasaba de enfrentarse a una mera sanción administrativa, ya que la conducta no tiene reproche penal ordinario alguno, a enfrentarse a una posible y desproporcionada pena de prisión militar, con la consiguiente angustia para el mismo.
Finalmente, tras asumir Gabinete Jurídico Suárez-Valdés la defensa del imputado, la causa fue archivada en auto que pueden revisar en www.suarezvaldes.es, considerando finalmente el Juez Togado de Burgos descartada la comisión del ilícito penal, al declarar probado que el cabo 1º había sido adecuadamente notificado por vía telefónica de la citación al juicio, pese a referir el mismo lo contrario en su denuncia. No obstante nadie le quitará al Sargento el mal trago que pasó mientras se encontraba imputado.
Como quiera que esta situación puede acaecerle a cualquiera que maneje documentación judicial, recomendamos a todos los afiliados extremar las precauciones a la hora de notificar las mismas, evitando en la medida de los posible las notificaciones telefónicas.
Dto. de comunicación de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés
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