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EXPEDIENTE DE INSUFICIENCIA DE CONDICIONES - PENSIONAZO: LA FECHA DE EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE INUTILIDAD DEBE SER AQUELLA EN LA QUE SE SUPERARON LOS PLAZOS DE RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE. SENTENCIA ESTIMATORIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL.

Gabinete Jurídico Suárez-Valdés informa de la obtención, por parte de su departamento de derecho contencioso administrativo especialista en Guardia Civil, de una novedosa sentencia que viene a arrojar luz a la confusa y errática sucesión de sentencias evacuadas por los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, en materia de impugnación de resoluciones presuntas o denegatorias por silencio negativo evacuadas en expedientes de insuficiencia de condiciones psicofísicas no resueltos en el plazo legalmente establecido. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional acaba de reconocer, en recurso de apelación tramitado por este despacho que, cuando se impugnan resoluciones presuntas, los efectos de la declaración de inutilidad permanente para el servicio, debe ser aquella en la que se superó el plazo máximo para emitir la resolución que la Administración, incumpliendo su obligación legal de emitir resolución en el plazo establecido, no emitió.
Esta doctrina, que viene a reiterar el criterio de la Sala relativo a que los plazos de resolución de los expedientes de insuficiencia de los miembros del Cuerpo, ascienden a tres meses y no a seis como pretende la empresa, pero además es de enorme importancia para cientos de Guardias Civiles que se habían visto sumidos en el pernicioso efecto del denominado pensionazo, por la dilatación, presuntamente maliciosa, de sus expedientes de insuficiencia de condiciones psicofísicas por parte de la Dirección General y a los que se les habían reducido sus pensiones y su posibilidad de trabajar en el ámbito civil y que podrán defender sus derechos con mayor claridad de miras. Del tenor literal de la sentencia se desprende que todos aquellos a los que se les hubiera de haber resuelto su expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas antes del 31/12/2008, no se verían afectados por el pensionazo.

La sentencia puede visualizarse en nuestro apartado descargas.
www.suarezvaldes.es/descargas.php

Para mas información consulte vía e-mail en consultas@suarezvaldes.es.

Dto. de comunicación de Gabinete Jurídico Suárez – Valdés

     
 







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