LA GUARDIA CIVIL CONDENADA A ABONAR LA DIETA POR DESPLAZAMIENTO AL PERSONAL QUE DEBA DESPLAZARSE HASTA SU PUESTO DE TRABAJO QUE RADICA EN MUNICIPIO DISTINTO AL DE RESIDENCIA OFICIAL – SENTENCIA ESTIMATORIA TSJ NAVARRA.
Gabinete Jurídico Suárez-Valdés informa de la obtención en fechas recientes, por parte de su departamento de derecho contencioso administrativo, de una nueva sentencia estimatoria, en recurso tramitado ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en reclamación del abono de la dieta generada con motivo de los desplazamientos efectuados por los miembros de la Guardia Civil que encontrándose destinados en un municipio y residiendo en el mismo, se ven obligados, por razón del lugar de prestación del servicio, ubicado en localidad distinta a la de residencia, a la utilización de vehículo particular en sus desplazamientos.
La sentencia recaida condena a la Guardia Civil a abonar al recurrente la indemnización de los gastos de desplazamiento en los que hubiera incurrido con motivo de dicho servicio. Esta sentencia no hace sino confirmar otras de idéntico tenor obtenidas por este despacho, tanto en Navarra como en Madrid, siendo aplicable este criterio a todos aquellos miembros del Cuerpo que se hubieran visto inmersos en dicha situación en los últimos cinco años.
La sentencia puede consultarse en el apartado de descargas de www.suarezvaldes.es.
Dto. de comunicación de Gabinete Jurídico Suárez – Valdés |