SENTENCIA SOBRE EL DERECHO A CAUSAR BAJA EN LA ASOCIACIÓN DE SOCORROS MUTUOS DE LA GUARDIA CIVIL - SE ACABÓ LA TOMADURA DE PELO
"Ha recaído en fechas recientes sentencia del Tribunal Supremo que resuelve una vieja solicitud planteada por este despacho, en el sentido de solicitar el derecho de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil a darse de baja de la asociación de socorros mutuos, por resultar el carácter de la imposición de asociación a la misma, de todo punto inconstitucional.
El máximo tribunal nos ha dado la razón reconociendo que dicha entidad privada no se ha adaptado a la Ley de Asociaciones y que el fin que persigue no puede implicar en ningún caso una asociación obligatoria, al no perseguir fines de carácter público.
Los interesados en solicitar dicha baja pueden descargarse las instancias en el apartado de descargas de esta web, debiendo contactar con el despacho tan pronto como les sean denegadas. Se efectuarán dos instancias, una a la asociciación y otra al Servicio de Personal de la Guardia Civil, solicitando la baja en dicha asociación.
Como es de esperar la Junta Ejecutiva de la Asociación de Socorros Mutuos del Cuerpo denegará dichas solicitudes, debiendo de acudir los interesados al contencioso en defensa de su derecho. Pueden solicitar información sobre la documentación a remitir para el contencioso vía mail a asuarez@suarezvaldes.es .
Dto. de comunicación de Gabinete Jurídico Suárez – Valdés |