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ABONO DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO SINGULAR (ESSIN-CES) AL PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL EN SITUACIÓN DE RESERVA.

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Gabinete Jurídico Suárez-Valdés informa que han recaído sendas sentencias en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que reconocen el derecho del personal que, estando en situación de reserva, ha visto como en sus nóminas ha sido eliminado el denominado complemento específico singular y que no hacen sino asentar la doctrina de la Sala sobre la materia.

Resumiendo esta cuestión, de interés para miles de compañeros del Cuerpo de la Guardia Civil, cabe referir que en estas sentencias se efectúa una interpretación literal de lo establecido en el artículo 86, del título VIII, de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen de Personal de la Guardia Civil, en el sentido de entender que el personal que pase a la situación de reserva habrá de conservar los mismos conceptos retributivos que venía percibiendo en situación de servicio activo.

Consultado Antonio Suárez-Valdés, letrado director de la causa, el mismo refiere que la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil viene eliminando unilateral y sistemáticamente el concepto establecido para el abono del complemento específico singular al personal que pasa a la situación de reserva, resultando dicha práctica contraria a la doctrina sentada por estas sentencias, siendo por ello por lo que este despacho ha confeccionado una instancia en la que se solicita el abono de dicho concepto retributivo con efectos retroactivos a los atrasos devengados por el mismo en los últimos cinco años, con solicitud así mismo de los correspondientes intereses.

El procedimiento no se tramitará en la modalidad de extensión de efectos de sentencia ya que dicha modalidad retrasaría la obtención de la resolución final, dadas las posibilidades de recursos dilatorios que ofrece tal variante a la administración y el colapso que sufre el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en este tipo de procedimientos.

Los interesados pueden descargarse las oportunas instancias de solicitud del complemento en la página de este despacho http://www.suarezvaldes.es o solicitarla en el teléfono 91.535.77.70 o vía e-mail en asuarez@suarezvaldes.es, debiendo cursarlas a la mayor brevedad y contactar urgentemente con el mismo, tan pronto como reciban la denegatoria de la Dirección General.

     
 







Gabinete Jurídico Suárez-Valdés

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