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PRODUCTIVIDAD F1 Y F2: ACTUALIZACIÓN DE DICHOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS PARA EL EJERCICIO 2008: LA PRESIÓN DEL COLECTIVO DE LA GUARDIA CIVIL SE VE RECOMPENSADA.

A mediados del año 2007 este despacho presentó una instancia por la que se reclamaba la actualización de las cuantías que venía percibiendo el colectivo de la Guardia Civil en concepto de productividad F1 y F2. El anexo I de la Orden General núm. 10/2006, en lo referente al importe que se determina para el cálculo de las modalidades F1 y F2, de la productividad funcional, establece que el mismo se obtendrá aplicando unos porcentajes respectivamente del 11 y del 19% sobre la cuantía establecida para el complemento de destino.

Como quiera que durante el primer año de aplicación de dicha Orden General el cálculo resultaba lineal, aplicándose los porcentajes sobre el complemento de destino establecido para el 2006, no surgieron problemas a la hora de efectuar los cálculos. No obstante, a partir del mes de marzo del 2007 los Guardias Civiles, pudieron ver con asombro como los porcentajes para establecer los importes de dichas modalidades de productividad, se seguían aplicando, de manera “presuntamente” irregular, sobre la cuantía establecida para el complemento de destino del 2006, en lugar de efectuase el cómputo tomando como base la cuantía del citado complemento para el año 2007, amparándose en la supuesta cobertura jurídica que a tal efecto parecía proporcionar la disposición adicional octava de la O.G. 10/2006.

Por ello y ante el aluvión de solicitudes en el sentido de reclamar la actualización de las cuantías abonadas en concepto de productividad F1 Y F2, el Departamento de Derecho Contencioso – Administrativo de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, confeccionó una instancia por la que se solicitaba el abono de dichos conceptos retributivos sobre el complemento de destino estipulado para el año 2007, la cual fue cursada por miles de Guardias Civiles, pese a la oposición frontal a la misma planteada desde alguna asociación mayoritaria del colectivo.
El tiempo y la masiva presión ejercida en este sentido, como no podía ser de otra manera, nos ha terminado dando la razón, en este caso por vía de rectificación de la Dirección General de la Guardia Civil, que, por vía de la O.G número 14 de 26/12/2007, procede a suprimir la disposición adicional octava de la O.G. 10/2006 suprimiendo la congelación salarial operada, “de facto” bajo el amparo de dicha disposición, por lo que en el futuro el cálculo de de las modalidades F1 y F2, de la productividad funcional, se obtendrá aplicando los porcentajes correspondientes sobre la cuantía establecida para el complemento de destino del año en curso.

No obstante lo anterior y congratulándonos plenamente del éxito alcanzado por el colectivo de la Guardia Civil, desde el Gabinete Jurídico Suárez-Valdés anunciamos el mantenimiento de la totalidad de las acciones judiciales iniciadas, así como de la totalidad de los recursos todavía no iniciados por falta de desestimatoria de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, en reclamación de las cuantías no abonadas en concepto de actualización de las cuantías percibidas en las modalidades F1 y F2, de la productividad funcional durante el año 2007, que, como decimos, se abonaron, entendemos de manera errónea, conforme a la cuantía del complemento de destino estipulado para el año 2006."

     
 







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