Nuestro defendido llevaba años desempeñando según las necesidades del servicio, funciones como jefe interino de una oficina del GATI. Sin embargo lo anterior y como viene siendo una desagradable costumbre, la DGGC le venía denegando sistemáticamente su derecho al percibo del complemento específico singular, que si se abonaba a su superior, predecesor en el cargo, cuando desempeñaba dicho puesto de trabajo como destinado, pese a que las funciones desarrolladas por ambos eran idénticas. Planteado el oportuno recurso contencioso administrativo en reclamación del derecho del funcionario al percibo de dicho complemento, Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, invocó la identidad de las funciones desarrolladas por ambos funcionarios y el carácter de complemento de puesto de trabajo del complemento específico singular.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha vuelto a darnos la razón en sentencia reciente, que reconoce que el complemento específico singular viene a retribuir las características objetivables del puesto de trabajo, por lo que, a una identidad de funciones, corresponde una identidad retributiva, condenando a la DGGC, en el presente caso, a abonar al funcionario las cuantías generadas por dicho concepto en los tres años de servicio como jefe interino de la oficina del GATI.

Animamos a todos los agentes que se encuentren en esta situación a reclamar este tipo de agravios.

La sentencia puede ser consultada en el apartado de sentencias.